El diputado José Ma. Villalta ha presentado recientemente un proyecto de reforma electoral para introducir el voto preferente, que es una reedición del proyecto No. 18.233 para modificar el Código Electoral (CE) presentado en 2011 por el diputado Carlos Góngora Fuentes, con la salvedad que Villalta ha añadido una regla para atender las preocupaciones sobre igualdad de género, hoy tan en boga. Para tal efecto propone añadir un artículo 205 bis al CE, según el cual el TSE reordenará la lista de cada partido con el fin de garantizar los principios de paridad de género, colocando en el primer lugar de la lista a la persona más votada, sea hombre o mujer, y en el segundo lugar a la persona más votada del género opuesto, y así sucesivamente hasta ocupar todos los puestos que se adjudiquen al partido en cuestión.
Ya aquí aparece un primer elemento de dudoso carácter democrático, puesto que en una lista determinada los – digamos – cuatro candidatos que hayan obtenido mayor número de votos preferentes pueden pertenecer a un mismo género, sin embargo, quienes ocupen los lugares 2o, 3o y 4o preferentes deberán ceder ante el que ocupe el lugar 5º, si este es de género distinto al de quien ocupó el primer lugar.
Este proyecto ha sido objeto de fuertes críticas negativas por parte de varios comentaristas de opinión (¿Una fruta venenosa? / Abril Gordienko / La Nación / 02.09.2019 / p. 15), La amenaza del voto preferente / Adolfo Lara Aguilar / Delfino / 30.08.2019). De particular interés es el artículo Algunas consideraciones sobre el uso del voto preferencial y sus efectos en los sistemas democráticos / Zovatto y Aguilar / TSE / Revista de derecho electoral, enero-junio 2013).
El empoderamiento del elector y el fortalecimiento de la representatividad política que pretende el referido proyecto se ven menoscabados por las muchas carencias que el ejercicio del voto preferente ha evidenciado en los países donde se practica:
- Debilita la disciplina partidaria; produce pérdida de cohesión de los partidos, que pierden control sobre los actos de sus candidatos una vez que son electos, situación que debilitaría aún más a nuestros partidos políticos, ya muy afectados por el disenso y el transfuguismo.
- Produce pugnas entre candidatos de un mismo partido por cuanto estos compiten entre sí; sus compañeros de lista se convierten así en un adversario más.
- El candidato se ve compelido a trabajar en su propia campaña de promoción personal de cara al electorado, sobre todo cuando no haya logrado ocupar un lugar privilegiado en la lista de su partido.
- Para financiar su campaña personal los candidatos deben procurarse fondos propios, financiamiento directo que no suelen reportar ni a sus respectivos partidos ni al organismo electoral. No solo compromete al candidato con los donantes en caso de alcanzar la curul, sino que lo inclina a no cuestionar el origen de los fondos cuando provienen de fuentes de dudosa legitimidad. Esto es muy grave en un país en donde casi todos los partidos han visto a sus dirigentes involucrados en demandas judiciales, e incluso sujetos a penas de prisión, por mal manejo de fondos de financiamiento político.
Peor aún, una vez instituido el voto preferente, resulta difícil eliminarlo, por cuanto se opondrán todos los diputados que hayan sido elegidos mediante este mecanismo. En el Perú fue adoptado en 1977, durante la dictadura militar de Francisco Bermúdez y, aunque ha sido muy cuestionado, no ha podido ser erradicado (El voto preferencial en el Perú / Jorge Armando Rodríguez Vélez / 28.02. 2018).
En las Elecciones al Congreso peruano de 2016 los votantes preferenciales representaron el 23 % del total de votos emitidos, lo cual revela que la mayoría de los electores no ejerce el voto preferente y se limita a votar por la lista del partido de su preferencia. En Costa Rica es previsible que ocurra lo mismo, puesto que un elector de Pérez Zeledón tendrá un conocimiento escaso o nulo de un candidato del área metropolitana de San José, o un elector de Corredores de un candidato del cantón central de Puntarenas. El Estudio de opinión pública recién publicado por CID Gallup indica que 4 de cada 5 encuestados es incapaz de nombrar a un diputado a la Asamblea legislativa y que un apabullante 71% es incapaz de recordar siquiera el nombre de un diputado de su provincia!
En República Dominicana el voto preferente fue instituido en 2001 mediante una resolución del Organismo Electoral, no por vía legislativa, y tan destructiva fue su práctica para la institucionalidad partidaria que ese mismo organismo lo eliminó en 2010.
Cuando Villalta habla en su artículo Bondades del voto preferente (La Nación / 16.09.2019 / p. 21) de que El sistema republicano y democrático costarricense es suficientemente maduro para reformarse desde sus propias raíces y desde su propia legalidad sin importar modelos extranjeros, desconoce que su propuesta es originaria de otros países de la región, y que ha resultado fallido, al punto que ha sido abandonado en algunos y en otros perdura precisamente porque quienes han alcanzado una curul merced a él se niegan a erradicarlo.
Villalta fue unos de los más acerbos críticos de la propuesta de reforma electoral lanzada por Poder ciudadano ¡ya! (Sistema Mixto Proporcional), la cual sí ofrece una democratización de la elección parlamentaria a lo largo y ancho del territorio nacional, promoviendo la cercanía entre electores y candidatos, apartándose de la decimonónica circunscripción provincial, que tanta inequidad trae a la representación política en el parlamento. Que Villalta y otros, como los profesores de la Escuela de Ciencias Políticas de la UCR, entre ellos algunos influyentes militantes del Frente Amplio, adversaran la propuesta antedicha es perfectamente admisible, pero que se negaran a que siquiera fuera discutida en la Asamblea Legislativa es la negación del noble lema de la UCR Lucem Aspicio, que en castellano significa “en búsqueda de la luz”.
Leonardo Morales Castro
Ingeniero químico
1.0368.0346
Piedades, Santa Ana